LOS DERECHOS HUMANOS SON PARA TODA LA HUMANIDAD


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Texto: RBHI

Imágenes: La Playa, G. Quiroga (Mallorca, 2013)

Fuente: Comunicados oficiales del Colegio Oficial de Trabajo Social de I. Baleares (07/08/2026), COTSIB (“Els drets humans no admeten excepcios”: Los derechos humanos no admiten excepciones). https://www.cgtrabajosocial.es/illes-balears


LOS DERECHOS HUMANOS SON 

PARA TODA LA HUMANIDAD


El Colegio Oficial de Trabajo Social de Baleares emitió, el pasado siete de agosto, un comunicado en el cual se incide en la necesidad (y obligación) de que los Estados apliquen la Declaración de los Derechos Humanos y todas sus normas complementarias, reglamentarias, accesorias y auxiliares.

                El colegio profesional señala su “dolor ante las […] tragedias migratorias” y su más […] profunda preocupación por la situación de las personas adultas y menores que llegan […]” a las costas de las Baleares. “La protección de la infancia y el respeto a los derechos humanos no son una cuestión ideológica ni pueden quedar sometidos a posiciones políticas”, señala el COTSIB. Tanto la Constitución Española como la Convención sobre los derechos del niño (New York, 20/11/1989, AG 44/25), así como el resto de normativa del Estado español y de sus comunidades autónomas para la protección de la infancia están para ser cumplidas. Se trata, dice la citada agrupación profesional, de ejecutar las “[…] obligaciones jurídicas […]”; en consecuencia, no caben disquisiciones partidistas, ideológicas o de caprichoso pensamiento único o unidireccional. El citado autor institucional matiza, además, que existe un “[…] interés superior del menor, sin discriminación por razón de origen, nacionalidad o situación administrativa […]”. Todos estos migrantes menores de edad, que viajan solos, “[…] son, antes que nada, niños que necesitan protección” (COTSIB). En definitiva, existe un especial sentido del auxilio humanitario.

                El COTSIB señala que la situación y circunstancia de estos niños “[…] debe analizarse individualmente, con profesionales especializados y con todas las garantías sociales, educativas, sanitarias y jurídicas. [Y] cuando la protección familiar no esté garantizada, las administraciones [públicas] deben asumir la responsabilidad […]”. Por otra parte, el mentado comunicado recuerda la necesidad de coordinación entre las diversas oficinas, agencias y departamentos de las administraciones públicas.

                Por tanto, a los grupos y personas que convierten estas realidades migratorias en “[…] debates partidistas, mensajes simplistas [sin argumentación sólida alguna], desinformación o discursos que deshumanizan a las personas migrantes” (COTSIB), cuya descalificación además toman como referencia la situación de peligro de los altos valores morales europeos, se les debería decir que, precisamente, estos mismos valores constituyen el sentido de la protección y solidaridad humanas hacia cualquier individuo; y resulta infantil considerar que estos valores deben amurallarse debido al temor de que la migración los destruya. Desproteger a individuos, porque pensemos que éstos arruinarán, modificarán o contaminarán los valores europeos es ir, precisamente, en contra de los mismos valores, por lo que esta actitud obsesiva de protección resulta la primera en provocar la caída de la propia Declaración Universal de 1948 (y todos sus tratados y convenciones suplementarios). El principio de la filosofía de los Derechos Humanos no contiene, porque sería contradictorio, elementos de protección a sí mismos, pues el elemento esencial estriba en la confianza en el ser humano, ofrecer la mano a otro y construir el mundo juntos.

                RBHI

Agosto, 2026


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