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Texto: RBHI
Imágenes: Inmigrantes solicitando asilo (foto: REUTERS, agosto 2026)
Fuentes: (1) EUROPA PRESS/Madrid (17/08/2026): “Jueces rechazan ‘denegaciones en masa’ de solicitudes de asilo en Ceuta y recuerdan que se deben estudiar ‘caso a caso’”. https://www.europapress.es/
LA JUDICATURA CONTRA DECISIONES ADMINISTRATIVAS
Según publicó el pasado 17 de agosto la agencia Europa Press (1), entidades asociativas de la judicatura “[…] han señalado que las solicitudes de asilo se tienen que estudiar de forma individualizada […]”, lo que significa que no ha lugar a las deportaciones en masa por acción administrativa o policial. El haber entrado irregularmente en España, no faculta a las autoridades para “denegaciones de asilo en masa” (1) sin tratar cada caso individualmente.
Existe un derecho internacional de solicitar protección que no puede obviarse. Tanto la APM (Asociación Profesional de la Magistratura) como el FJI (Foro Judicial Independiente) consideran que, respecto al caso de Ceuta, no es de Derecho aplicar la denegación masiva de asilo, ya que cada individuo solicitante tiene su propia particularidad que debe ser respetada y atendida.
La agencia señala que “Dos semanas después de la entrada […] en Ceuta de 80.000 personas, procedentes de Marruecos, entre el 30 y 31 de julio, en las que 83 personas perdieron la vida, el presidente de la ciudad autónoma, Juan José Vivas, pidió al Gobierno central que desestimase las solicitudes para obtener el derecho al asilo de los migrantes que lo […]” hubieren solicitado.
Estaría bien que también los colegios de abogados y sus asociaciones se manifestaran al respecto.
RBHI
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